La FGR los acusa de ejercicio Ilícito del servicio público, homicidio y lesiones en contra de las 65 personas que que se encontraban en la instalación.
Ciudad de México.- Luego de haber sido detenidos el jueves por la tarde, tres de los cuatro funcionarios del Instituto Nacional de Migración (INM) acusados por el incendio en la estación migratoria de Ciudad Juárez, Chihuahua, que dejó 40 extranjeros muertos, fueron sujetos a prisión preventiva oficiosa.
Se trata de Eduardo Apodaca Magallanes, jefe de Departamento de Recursos Materiales del INM en Chihuahua; Juan Carlos Meza Cumplido, coordinador del Grupo Beta de Protección a Migrantes, y la agente migratoria Cecilia Rivera Tena.
La Fiscalía General de la República (FGR) los acusa de ejercicio Ilícito del servicio público, homicidio y lesiones en contra de las 65 personas que se encontraban en la instalación de Migración.
Debido a que la defensa de los imputados solicitó la duplicidad del plazo constitucional la audiencia tuvo que ser pospuesta y se reanudará el próximo martes 18 de abril a las 15:15 horas en el Centro de Justicia Penal Federal de Chihuahua.
Hasta el momento, el único de estos cuatro servidores públicos en contra de quienes se giraron órdenes de aprehensión y que continúa en libertad es el contralmirante en retiro Salvador González Guerrero, quien hasta hace apenas unos días continuaba en funciones como delegado de Migración en Chihuahua.
Hoy se conoció, sin embargo, que una jueza federal adscrito a la entidad fronteriza le concedió una suspensión provisional en contra de la orden de captura en su contra, lo cual no lo libra de que ésta sea ejecutada, ya que el homicidio, uno de los delitos que se le imputan, es meritorio de prisión preventiva oficiosa de acuerdo con el artículo 19 de la Constitución.
“La suspensión sólo producirá el efecto de que el quejoso quede a disposición del órgano jurisdiccional de amparo en el lugar que éste señale únicamente en lo que se refiera a su libertad, quedando a disposición de la autoridad a la que corresponda conocer el procedimiento penal para los efectos de su continuación”, señala el fallo de la juzgadora Claudia López López.