El proyecto de sentencia del Luis María Aguilar, reconoce que las mujeres tienen derecho a decidir interrumpir el embarazo en su etapa inicial sin responsabilidades penales para las mujeres, como hasta hoy se establece en el Código Penal del Estado.
Este recurso de inconstitucionalidad, fue promovido por la entonces Procuraduría General de la República, luego de una serie de modificaciones que se aplicaron al mismo Código de Coahuila durante el 2017 sobre el tema.
El proyecto fue aprobado por unanimidad para eliminar el artículo 196 del Código que controle hasta tres años de cárcel a las mujeres que utilizan la práctica del aborto para la interrupción de su embarazo. Y en el caso del artículo 195, fue resaltado para modificaciones y votado por siete de los ocho ministros.
En el primer día el ministro presidente de la SCJN Arturo Saldívar recordó, que ni la Constitución Mexicana, ni los tratados internacionales vigentes para México, reconocen al producto gestativo como ser sujeto de derechos humanos, por lo que no está bajo las mismas condiciones de la mujer que lo porta.
En el segundo día, fue la ministra Ana Ríos Farjat quien inició con el debate resaltando nuevamente que en este análisis se debe dejar un lado cualquier tipo de ánimo espiritual y religioso, pues por lo general los argumentos que se expresan desde ese punto despoja a la mujer como un ente de derechos y la coloca como un ente único de procreación.
“Se utilizan las simplificaciones: “como es moralmente mala, amerita prisión. Si no es por ignorante o por mala, es porque no se cuidó. La mujer entonces si no se cuidó es promiscua”. Yo no creo en esto. Estigmatizar a quienes toman esta decisión que ya de por sí es difícil, no debería serlo más por la fuerza del derecho. Nadie se embaraza en el ejercicio de su autonomía, para después abortar”, expresó.
“Sí es un tema de salud pública y de seguridad del que debe hacerse cargo el Estado”, reiteró.
Aunque recordó que es difícil saber cifras exactas, dijo que existen cálculos de que en México se realizan entre 750 mil y un millón de abortos clandestinos al año y una tercera parte de ellos se complica para la madre.
Para este proyecto, también se había solicitado en el primer día de análisis que se excluyeran todos los tipos de modificaciones que se sometieran a la interpretación que pudiera caer en la criminalización de la mujer que interrumpe su embarazo.
También, los ministros coincidieron en que se genere una propuesta para la Interrupción Legal del Embarazo, como ya es un hecho en la Ciudad de México donde existen clínicas para la atención de estos casos.
Al proyecto original de sentencia, también se le resaltó que tenía ambigüedades en el tema del tiempo, y en ese sentido, el Ministro Saldívar había propuesto que se eliminaran las temporalidades para la interrupción del embarazo.
Estos puntos serán detallados y modificados en la sentencia cuando ya se dé por pública; sin embargo, en el tema de origen, los ministros decidieron que en Coahuila no deben haber más persecución penal para mujeres que hayan decidido abortar.