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18 de abril de 2024
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SAT pretende cobrar impuesto a propinas

Veracruz.- De acuerdo a los criterios publicados en la miscelánea fiscal de abril, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) establece que las propinas son parte del salario de un trabajador y debe retenerse el Impuesto Sobre la Renta (ISR), señala Santiago Martínez Dordella, presidente local de la Cámara Nacional de la Industria Restaurantera y Alimentos Condimentados (Canirac).

Señaló que hay una inconsistencia al respecto porque la misma Profeco no obliga a sugerir un monto para el pago de propina, entonces es difícil conocer los montos y establecer cuánto recibe una propina.

“Esta situación va a ser muy compleja y se va a prestar a malos entendidos. Hay que partir de que tenemos a la Profeco a que no se puede sugerir la propina ni en la carta ni el ticket ni en ningún lado, sino que hay que poner letreros de que la propina es opcional. Con este discurso como ahora quieren cobrarles proporcionalmente porque va a ser difícil determinar cuantas propinas gana cada quien”.

Esa medida, dijo, le va a pegar a las personas que más lo necesitan y no es justo, ya que le va a afectar al tener que entregar un porcentaje para Hacienda.

Insistió en que las propinas no son obligatorias para los comensales por lo que es incoherente establecer impuestos, además de afectará la economía de los trabajadores.

“No podemos cobrar el 10 por ciento sobre las propinas, no tenemos facultades legales. A mi que más me gustaría garantizar que mis empleados se van a llevar en sus propinas un porcentaje de la venta pero está prohibido. Si está prohibido yo creo que ahora no te puedes meter a cobrar impuesto sobre esto. Ya contribuimos de muchas maneras como para ver que inventan en esta avalancha de recaudación disfrazada que quieren hacer”.

Dijo que si Hacienda lo va a hacer a través de los patrones, lo hace aún más complicado.

Cabe señalar que las propinas percibidas por los trabajadores en hoteles, casas de asistencia, restaurantes, fondas, cafés, bares y otros establecimientos análogos, son parte del salario del trabajador, según lo que establece el artículo 346 de la Ley Federal del Trabajo.

Por lo anterior, las propinas antes referidas que les sean concedidas a los trabajadores, deben ser consideradas por el empleador para efectuar el cálculo y retención del ISR que, en su caso, resulte a cargo del trabajador.

Esto lo especificó el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en el criterio normativo 43/ISR/N, del Anexo 7 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2019, que fue publicada el 30 de abril de 2019 y que puedes consultar aquí.

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